Hasta el día 30 de abril de cada año, por lo menos, las instituciones asociadas deben reunirse en Asamblea General ordinaria para:
- Recibir las cuentas de los administradores, examinar, discutir y votar los estados financieros, y considerando los dictámenes de los auditores independientes y del Consejo Fiscal.
- La Asamblea General extraordinaria será convocada para deliberar sobre otros asuntos de interés del FGC.